COORDINADORES DE ZONAS PASTORALES
CON CARÁCTER DE VICARIOS EPISCOPALES

Las zonas pastorales constituyen instancias de comunión de parroquias cercanas que forman un grupo peculiar (cf. can. 374 § 2). Son una forma de organización que busca un mejor cuidado pastoral y una mayor comunión de proyectos entre los sacerdotes y agentes de pastoral, atendiendo a criterios de identidad y pertinencia como son homogeneidad de índole y costumbres de la población, características comunes, cercanía geográfica e histórica de, facilidad de comunicación para encuentros periódicos.

Esta figura está prevista en el Directorio de los Obispos Apostolorum Successores n° 219. El Concilio Plenario de Venezuela propone su fortalecimiento como una instancia de comunión del pueblo de dios para la misión (ICM 187).

La zona pastoral es una instancia de concertación. Su misión es promover y coordinar la acción pastoral común en las parroquias de su territorio y cuidar a los agentes de pastoral, en particular a los sacerdotes. No es una instancia de gobierno jerárquicamente superior a las parroquias, sino de comunión y animación.

En el año 2014, la diócesis de La Guaira creó cinco zonas pastorales: Este, Centro, Catia la Mar, la Montaña e Insular.

Los límites geográficos de las zonas pastorales pueden ser modificados por el obispo, después de escuchar al Consejo Diocesano de Pastoral.